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Deberes y obligaciones de los propietarios de bienes inmuebles
¿Podemos hacer lo que queramos con nuestras construcciones? Es una pregunta es la que dueños de casas u otras construcciones se hacen.

En términos generales, la regulación en inmuebles con condición urbanística viene dada por la Comunidad Autónoma en donde se encuentren ubicados. También existe normativa estatal que viene reflejada en el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y regula la generalidad de los deberes que tenemos como propietarios. Según el Código Civil “La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes”. Por lo tanto, deberemos cumplir dichas regulaciones con respecto a los inmuebles que nos indican, resumidamente, lo siguiente:

- El propietario de una edificación deberá destinar dicha edificación al uso que se le atribuya en el planeamiento urbanístico municipal. Es decir, deberemos consultar los usos permitidos, autorizados y prohibidos que podremos otorgar a las edificaciones.

- El propietario de una construcción deberá mantener y conservar el mismo en condiciones de salubridad, seguridad, accesibilidad y ornato.

- Si el inmueble está situado en un suelo de protección medioambiental, el propietario deberá adoptar las medidas necesarias para evitar que el medio ambiente pudiera ser afectado de alguna forma.

- Si se considerase que el inmueble tiene un valor arquitectónico, monumental o arqueológico o estuviera situado en una zona protegida a este respecto, el propietario deberá cumplir con su legislación específica.

-Si el inmueble es declarado ruinoso o en estado de ruina, el propietario tiene el deber de demoler o, en su lugar, de rehabilitar completamente la construcción.

Podemos decir, por lo tanto, que todo propietario de una edificación podrá ejercer su derecho al uso y disfrute de la misma pero sin contravenir la legislación urbanística de aplicación.

Si quiere denunciar incumplimientos en materia urbanística por parte del propietario de algún inmueble pero no quiere que su nombre aparezca en la denuncia, contáctenos. En BASTIÓN denunciamos por usted, 100 % anónimo, garantizado, desde 49€ IVA incluido. Somos expertos en denuncias anónimas y operamos totalmente online. Regístrese gratis y haga su denuncia ahora: https://www.bastionciudadano.es/alta-cliente.htm

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